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Diferencias entre alienación parental y violencia vicaria

 

Por Laura Edith Cervantes Sebastian

 

Alienacion

Por Laura Edith Cervantes Sebastian

Al iniciar una relación de pareja en lo menos que se piensa o se plantea es en la separación, si bien se llega a hablar de ella y como sería, en el ideal y con un pensamiento más que racional, es uno emocional se llega al pacto que ambos respetarán la decisión y esta sería de mutuo acuerdo de manera pacífica, la realidad es que en pocos casos sucede así, sobre todo cuando una de las partes fue muy violenta o desean “venganza” por lo que sea que la otra persona hizo o dejó de hacer.

 

Cuando surgen separaciones violentas o contenciosas, teniendo hijos en común surgen dos conceptos que, a menudo, se confunden: la alienación parental y la violencia vicaria. Ambos términos hacen referencia a situaciones complejas que afectan a los niños y niñas, pero es crucial comprender sus distinciones para abordarlos de manera adecuada.

 

Alienación Parental: Influencia de cualquier progenitor o familiar negativa, hacia la otra figura paterna

 

La alienación parental, también conocida como síndrome de alienación parental (SAP), fue acuñado por el psiquiatra Richard Gardner en 1985, se refiere a un desorden psicopatológico en el niño, en el cual se transforma la conciencia del menor, manifestando rechazo, insultos, denigración, miedo irracional, odio, en general son un conjunto de acciones y comportamientos que un progenitor u otro miembro de la familia ejercen en el menor, con el objetivo de destruir la relación entre la otra figura parental con los menores, de acuerdo con Castillo J. (jun. 2022), este tipo de violencia se le trata como una forma de violencia psicoemocional grave por las eventuales repercusiones negativas en el sano desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que la padecen.

 

Es importante mencionar que el síndrome de alienación parental (SAP) carece de método científico por no reunir los criterios metodológicos científicos necesarios considerándose pseudocientífico. Siendo rechazado como entidad clínica por las dos instituciones más reconocidas en el mundo en términos de salud y trastornos

 

mentales: la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Asociación Americana de Psicología (APA). Es por eso que no aparece en las listas de trastornos patológicos de ningún manual, ni en el CIE-10 de la OMS ni en el DSM-5 publicado por la Asociación Americana de Psiquiatría. Castillo Mtz. Alienación parental vs violencia vicaria 2022

 

Características

 

  • Campañas de desprestigio: El progenitor alienante denigra al otro progenitor ante los hijos, sembrando dudas sobre su idoneidad como padre o
  • Obstrucción del contacto: Se impiden o limitan las visitas y el contacto entre los hijos y el progenitor víctima de la alienación.
  • Vínculo exclusivo: El progenitor alienante busca crear un vínculo exclusivo con los hijos, aislando los del otro progenitor y de su red de apoyo.
  • Disonancias cognitivas: Se manipulan las emociones y percepciones de los hijos para que vean al otro progenitor como una figura negativa.

 

Violencia Vicaria: Daño Indirecto a la Madre

 

La violencia vicaria se ve desde el marco jurídico como un tipo de violencia de género acuñada en 2012 por la psicóloga Sonia Vaccaro, definiendola como:

 

“Aquella violencia que se ejerce sobre los hijos para herir a la mujer. Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros, por interpósita persona. El maltratador sabe que dañar, asesinar a los hijos/hijas, es asegurarse de que la mujer no se recuperará jamás. Es un daño extremo.”

 

En México cada vez es más común que se ejerza la violencia vicaria por lo que la primera entidad en reconocerla como un delito fue Zacatecas, donde las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LAMVLV) ya fueron avaladas por el congreso. Luego le siguió Hidalgo, donde la violencia vicaria comenzó a reconocerse como un delito desde mayo de este año, después se sumaron Baja California Sur, el Estado de México, Puebla y Yucatán. Las reformas sólo incluyen hasta el momento ajustes a la LAMVLV, donde se conceptualiza este

 

tipo de violencia, pero no se considera alguna sanción privativa de la libertad a quien incurra en ella. Estas 6 entidades definen a la violencia vicaria como: “aquella violencia que se ejerce a menudo sobre las niñas y niños con el propósito meramente instrumental de lastimar a la otra persona”.

 

En otras palabras, podemos decir que la violencia vicaria es aquella que tiene como objetivo dañar a la mujer a través de sus seres queridos y especialmente de sus hijas e hijos. Salgado Garcia, VIOLENCIA VICARIA EN MÉXICO, NUEVA MODALIDAD DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y MALTRATO INFANTIL, 2022

 

Características

 

 

  • Maltrato psicológico a los hijos: Se utilizan a los hijos como instrumentos para dañar a la madre, infligiendo dolor emocional a través de amenazas, insultos, humillaciones o manipulación.
  • Instrumentalización de la justicia: Se utilizan los procesos legales y de custodia para acosar, controlar y desgastar emocionalmente a la madre.
  • Secuestro parental: Se priva a la madre de la custodia o el contacto con sus hijos de manera ilegal o arbitraria.
  • Daño a la red de apoyo: Se busca aislar a la madre de su familia, amigos y redes de apoyo para aumentar su vulnerabilidad

 

Diferencias Fundamentales

 

La principal diferencia entre la alienación parental y la violencia vicaria radica en el objetivo final. En la alienación parental, el objetivo es dañar la relación entre el niño y el otro progenitor, mientras que en la violencia vicaria, el objetivo es causar daño psicológico a la madre a través de los hijos.

 

Otras diferencias importantes incluyen:

 

  • Agente de la violencia: En la alienación parental, el agente de la violencia es el progenitor alienante, mientras que en la violencia vicaria, el agente de la violencia es el progenitor maltratador.

 

  • Tipo de daño: La alienación parental causa daño emocional al niño, mientras que la violencia vicaria causa daño emocional a la madre y a los hijos.
  • Contexto: La alienación parental suele ocurrir en el contexto de un conflicto de custodia, mientras que la violencia vicaria puede ocurrir en cualquier momento de la relación de pareja, incluso después de la separación.

 

Implicaciones Legales y Sociales

 

La diferenciación entre alienación parental y violencia vicaria tiene importantes implicaciones legales y sociales. Es crucial que los profesionales que atienden estos casos comprendan las características distintivas de cada fenómeno para brindar una intervención adecuada y proteger a los niños y niñas involucrados.

 

Conclusión

 

La alienación parental y la violencia vicaria son dos formas complejas de violencia que afectan a los niños y las madres en el contexto de las separaciones conflictivas. Comprender las diferencias entre ambos conceptos es fundamental para abordarlos de manera efectiva y proteger a las víctimas. Cualquiera de las dos formas de violencia, dejarán un trauma a los menores, ninguno de los padres tiene consideración en el desarrollo armónico e integral del menor, lo ven como un elemento funcional de venganza y causar daño, siendo objetivizado perdiendo su dignidad como persona.

 

El invisibilizar la violencia que se ejerce a las exparejas por medio de los hijos, sin importar las circunstancias o las actitudes del adulto, creyendo que aquello que no se ve no existe, y por lo tanto no hay consecuencias, se convierte en un problema social quedando como casos aislados, invalidando el impacto psicológico, emocional y social que tendrá en sus hijos.

 

Los niños aprenderán a relacionarse de esta manera violenta y en un futuro no muy lejano ellos serán partícipes de la misma violencia, pero ahora desde otro escenario e interpretando el papel principal de víctima o victimario,

 

Bibliografía

 

 

Bibliografía

 

●         Amor, P. (2011). El síndrome de alienación parental: Controversia y realidad. Revista de Derecho de Familia, (49), 145-174.

●         Celis, V. (2018). Violencia vicaria: El daño a las madres a través de sus hijos e hijas. Revista Electrónica de Psicología Social, 23(1), 1-16.

  • Firestone, (2003). La alienación parental: ¿Mito o realidad?. Revista de Derecho de Familia, (51), 111-132.

●         González, M. T., & Echeburúa, E. (2012). Alienación parental y violencia vicaria: Dos caras de la misma moneda. Papeles del Psicólogo, 33(3), 545-556.

-de-genero-y-maltrato-infantil/

●         Informe contextual Sobre violencia vicaria 2023, consulta 26 mayo 2024

Diplomado en terapia infantil

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